TAMPA, Fla. (WFLA) – Entre los proyectos de ley que se abrieron paso en la Legislatura de Florida en 2022 se encuentra uno destinado a imponer límites a los pagos de pensión alimenticia cuando se disuelve un matrimonio.
El Proyecto de Ley 1395 de la Cámara de Representantes, llamado “Disolución del Matrimonio”, establece límites de tiempo y condiciones sobre cómo se realizan o reciben los pagos de pensión alimenticia. El proyecto de ley fue propuesto en el subcomité de Derechos de Propiedad del Comité Judicial por el representante Alex Andrade, republicano de Pensacola.
Si se aprueba el proyecto de ley propuesto por Andrade, cambiaría la forma en que se calcula y cobra la pensión alimenticia. De acuerdo con el texto del proyecto de ley, las formas en que la manutención de los hijos ordenada por la corte, la manutención del cónyuge de un matrimonio anterior y los pagos de contribuciones al seguro, cuotas sindicales, jubilación y seguro de salud están sobre la mesa para cambiar.
HB 1395 dijo que un cambio que ocurriría es un cambio en lo que los tribunales calificarían para ajustes en los estándares de vida después de que se disuelve un matrimonio. La ley actual especifica que se presume que el nivel de vida se reduce o baja después de la terminación de un matrimonio, cuando se trata de la capacidad financiera. Este cambio se basa en el fin del ingreso conjunto de una pareja y se cambia a dos ingresos individuales.
El lenguaje del proyecto de ley establece que, si se aprueba, la presunción de niveles de vida más bajos “puede ser superada por una preponderancia de evidencia”.
Además, en lo que respecta a la determinación de la pensión alimenticia, el proyecto de ley propone un cambio en el tiempo que se debe pagar. Si HB 1395 se convierte en ley, se codificarían diferentes tipos de matrimonios en los estatutos estatales, dependiendo de la cantidad de tiempo que la pareja estuvo casada.
Como está escrito, un matrimonio a corto plazo sería uno de “menos de 10 años”, en lugar de los siete actuales. Un matrimonio a plazo moderado sería entre 10 y 20 años de estar casado, en lugar de los siete a 17 años actuales, y un matrimonio a largo plazo se definiría como un matrimonio que dura 20 años o más, en lugar de 17 o más.
Según estas nuevas definiciones de la duración del matrimonio, la pensión alimenticia se establecería en función de la duración del matrimonio. Primero, el proyecto de ley propone crear una “pensión alimenticia de puente” para cubrir los pagos a un cónyuge por hasta dos años. Dicha pensión alimenticia terminaría si alguien se vuelve a casar o muere antes de que se complete el tiempo establecido.
Otra forma de pensión alimenticia, la rehabilitación, ahora tendría un límite de cinco años. La pensión alimenticia de rehabilitación, según el proyecto de ley, se otorga por ayudar a una de las partes a establecer su propia autosuficiencia después del final de un matrimonio. Esto estaría destinado a cubrir el redesarrollo de habilidades o credenciales anteriores, o adquirir nueva educación, capacitación o experiencia laboral para obtener nuevas habilidades o credenciales de empleo.
Para obtener una pensión alimenticia de rehabilitación, tiene que haber un plan. Si ese plan se completa antes de la duración establecida de una concesión de pensión alimenticia de rehabilitación, los pagos terminan cuando finaliza el plan.
La pensión alimenticia duracional, destinada a brindar asistencia económica por un tiempo determinado, se cambiaría para tener un nuevo requisito para las parejas que se separan.
En lugar de otorgarse generalmente después de la terminación de un matrimonio, la pensión alimenticia permanente no se permitiría para matrimonios que duren menos de tres años. Además de eso, si se otorga una pensión alimenticia duradera, el proyecto de ley establece límites de tiempo para los pagos de pensión alimenticia en función del tiempo que una pareja estuvo casada.
Los tiempos de pago se establecen como:
- Pagos por el 50% del tiempo para un matrimonio entre tres a 10 años
- Pagos del 60% de un matrimonio de entre 10 y 20 años
- Pagos por el 75% de un matrimonio de más de 20 años
Aún así, el proyecto de ley también propone que si una de las partes quiere una pensión alimenticia y tiene una “discapacidad mental o física permanente y no puede mantenerse” a sí misma, en su totalidad o en parte, o es el cuidador a tiempo completo en el hogar de un niño con discapacidad permanente. discapacidades mentales o físicas, un tribunal de Florida puede extender el tiempo que se paga la pensión alimenticia, hasta que el niño muera o el tribunal determine que la necesidad de la pensión alimenticia finaliza.
Según el proyecto de ley, la duración del matrimonio es “el período de tiempo que comienza en la fecha del matrimonio y termina en la fecha en que se presenta una acción de disolución del matrimonio”.
Esencialmente, cuenta la fecha de un matrimonio a partir de la fecha en que cualquiera de los cónyuges solicita el divorcio como el momento para determinar los límites de pensión alimenticia. Los tribunales también deberán “realizar determinaciones de hecho por escrito” para otorgar múltiples tipos de pensión alimenticia, si es necesario. Los tribunales pueden considerar que tipos adicionales son inapropiados, según el texto del proyecto de ley HB 1395.
En casos raros, la pensión alimenticia permanente puede otorgarse solo cuando ninguna otra forma de pensión alimenticia “es apropiada o razonable” de acuerdo con la ley actual de Florida. En cambio, la HB 1395 elimina la posibilidad de recibir una pensión alimenticia permanente.
Según el análisis del proyecto de ley, la Legislatura de Florida actualmente permite que el adulterio tenga en cuenta cómo se puede determinar la pensión alimenticia, y que los cónyuges que buscan pensión alimenticia por una disolución del matrimonio debido al adulterio deben probar que ocurrió en la corte.
Entonces, si desea divorciarse de su cónyuge porque lo engañó y aún recibe pagos, debe probar ante el tribunal que ocurrió el adulterio, poniendo la carga de la prueba sobre la presunta víctima de adulterio, no sobre el cónyuge acusado de engañar.
El proyecto de ley de Andrade elimina la posibilidad de utilizar el adulterio como factor para determinar los pagos de pensión alimenticia. Además, si el cónyuge que paga la pensión alimenticia, el deudor, alcanza la edad de jubilación antes del final de la duración de la pensión alimenticia, un tribunal puede optar por dejar que la pensión alimenticia finalice con la jubilación.
Sin embargo, si el cónyuge elige no jubilarse y sigue trabajando, y gana más del 50 % de su ingreso bruto activo de los tres años anteriores a la edad de jubilación, el tribunal puede extender los tiempos de pago de la pensión alimenticia hasta la jubilación real, o hasta que sus ingresos sean inferiores a el margen del 50%.
La HB 1395 también propuso cambios adicionales relacionados con la manutención de los hijos y el tiempo compartido para un hijo menor. Específicamente, el tiempo compartido equitativo, o el tiempo compartido 50/50, se convertiría en la preferencia de los tribunales por la aprobación del proyecto de ley. El análisis legislativo dice que el proyecto de ley enmendaría los estatutos estatales para “crear una presunción de que el tiempo compartido igualitario” es lo mejor para el niño, a menos que los padres acuerden un acuerdo de tiempo compartido diferente.